Mensajes clave
El 31 de enero de 2020, el Marco Inclusivo del G20, auspiciado por la OCDE e integrado por más de cien países, avanzó en la elaboración de nuevas normas para la tributación de los beneficios de las multinacionales.
- Teniendo en cuenta el número de intereses nacionales en torno a la mesa, la complejidad del proceso y el estado actual del multilateralismo, el acuerdo sobre una hoja de ruta más precisa para la reforma es bienvenido.
- El acuerdo abarca nuevas normas, conocidas como «primer pilar», para los servicios totalmente digitalizados, incluidas las plataformas en línea y los servicios en la nube, pero también a las actividades B2C y otras relacionadas con el consumo, y un informe de situación sobre una propuesta separada para «devolver» los beneficios en el extranjero que hayan sido objeto de una imposición insuficiente (conocido como «segundo pilar»).
- El acuerdo sobre el primer pilar introduce una nueva norma de imposición unitaria que reasigna una parte de los beneficios a las jurisdicciones del mercado, independientemente de que la empresa tenga o no presencia física en el país.
Sin embargo, en cuanto al fondo, las normas propuestas no están a la altura de las expectativas.
- El diseño propuesto para el primer pilar es excesivamente cauteloso, ya que garantiza que la mayoría de los beneficios empresariales seguirán tributando según las normas vigentes sobre precios de transferencia.
- El primer pilar también sería fuente de una considerable complejidad y de normas arbitrarias.
Lejos de desalentar las prácticas agresivas de planificación fiscal, la complejidad de las normas propuestas podría, de hecho, aumentar los trucos contables y el arbitraje reglamentario. - El ámbito de aplicación propuesto se basa en conceptos poco claros y no probados («beneficios residuales», «actividades orientadas al consumidor»).
- Sigue habiendo incertidumbre en cuanto a la aplicación.
La referencia a un sistema de «puerto seguro alternativo» es contraproducente y no ofrece garantías de que todos los países deseen seguir adelante con la reforma fiscal. - No se alcanzó ningún acuerdo para la introducción de un tipo impositivo mínimo («segundo pilar»).
Sin embargo, esta hoja de ruta habría ofrecido las perspectivas más positivas en términos de competencia fiscal y de aumento de los ingresos fiscales.
Lea los comentarios del TUAC en los archivos PDF adjuntos.
Messages clés (traduction française)
Le 31 janvier 2020, le Cadre inclusif du G20 animé par l’OCDE et composé de plus de cent pays, a progressé dans l’élaboration de nouvelles règles d’imposition des bénéfices des multinationales.
- Compte tenu du nombre d’intérêts nationaux autour de la table, de la complexité du processus et de l’état actuel du multilatéralisme, un accord sur une feuille de route plus précise pour la réforme est le bienvenu.
- Algunas de las nuevas normas, conocidas con el nombre de «primer pilar», se aplicarán a las actividades totalmente informatizadas, incluidas las plataformas en línea y los servicios en nube, pero también a las actividades «B2C» (prestación de servicios a particulares) y a otras actividades en «estrecha relación» con los consumidores.
L’accord contient aussi un rapport d’étape sur le projet séparé d’un droit d’imposition sur des profits sous-taxés à l’étranger («pilier deux»). - Concernant le pilier un, l’accord introduit une nouvelle forme de taxation unitaire, réaffectant une partie des bénéfices aux pays de destination, que l’entreprise soit ou non présente physiquement sur ce marché.
Sur le fond cependant, les règles proposées ne répondent pas aux attentes.
- La conception du premier pilier est excessivement prudente, dans la mesure où la plupart des bénéfices des entreprises continuent d’être imposés conformément aux règles existantes en matière de prix de transfert.
- Le premier pilier pourrait également aboutir à plus de complexité et à de règles arbitraires.
Loin de décourager les pratiques d’optimisation fiscale agressives, la complexité des règles proposées pourrait en fait accroître les manipulations comptables et les pratiques d’arbitrage réglementaire. - El campo de aplicación propuesto se basa en conceptos poco claros y no probados («beneficios residenciales», «empresas en estrecha relación con los consumidores»).
- La incertidumbre también afecta a la puesta en práctica.
La référence à un «régime de protection alternatif» est contre-productif et n’offre pas l’assurance que tous les pays mettront en œuvre les mesures fiscales. - Aucun accord n’a été trouvé pour l’introduction d’un taux d’imposition minimum («deuxième pilier»).
Pourtant, une telle feuille de route aurait offert des perspectives les plus positives en termes de concurrence fiscale et d’augmentation des recettes fiscales.
Comentarios del TUAC en el archivo PDF en formato PDF (sólo en inglés).